El pasado mes de Junio el presidente Gustavo Petro sancionó la Ley 2297 cuyo objeto es "establecer medidas efectivas para garantizar el acceso al servicio de cuidador o asistencia personal de las personas con discapacidad que así lo requieran, respetando sus preferencias, de acuerdo a un enfoque de derechos humanos, autonomía y capacidad legal de las personas con discapacidad."
Adicionalmente, disponer medidas de acompañamiento a las familias de personas con discapacidad, incentivar su formación, acceso al empleo, emprendimiento, generación de ingresos y atención en salud, y dictar otras disposiciones.
Así mismo el Ministerio de Protección Social establecerá un registro para identificar a las personas que fungen como cuidadores, para así entregar los beneficios que exige la ley para estas personas, cuyos datos a tener en cuenta son ubicación, tipo y grado de discapacidad, perfil profesional, experiencia y condiciones económicas. Es importante destacar que, aunque la Ley 2297 ya ha sido sancionada, aún no se encuentra reglamentada. El gobierno nacional cuenta con un plazo de un año, a partir de la fecha de sanción, para llevar a cabo esta reglamentación. Dentro de las disposiciones establecidas por la ley, se destaca la importancia de establecer criterios de caracterización de los cuidadores o asistentes personales de personas con discapacidad.